Pueden ser asociados de FERCOD las personas naturales que acrediten el vínculo de DIRECTIVOS DOCENTES activos, activos pensionados y/o pensionado retirado al servicio de la Educación Pública Estatal para lo cual deberán llenar los siguientes requisitos:
a) Ser persona natural y legalmente capaz
b) Presentar solicitud de afiliación a la Junta Directiva, con el aval de un (1) asociado hábil de FERCOD, anexando constancia de su condición de Directivo Docente.
c) Un asociado nuevo se considera inscrito en el registro social del Fondo, cuando haya pagado el primer aporte social y un aporte extraordinario, correspondiente al 10% del S.M.M.L.V., el cual se destinará al Fondo de Recreación y Cultura.
d) Comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y ahorros permanentes, en los términos establecidos en los presentes estatutos y sus reglamentos.
e) Autorizar a la respectiva entidad pagadora de los Directivos Docentes Activos, activos pensionados y/o pensionados retirados, para que se les descuente de su ingreso salarial mensual o de la mesada pensional, con destino a FERCOD, la suma correspondiente para cubrir el valor de la cuota periódica de aportes sociales y ahorros permanentes establecidos en el presente estatuto.
f) Comprometerse a cumplir con los Estatutos y Reglamentos de FERCOD.
g) Otorgar autorización de consulta y reporte a las centrales de riesgo.
h) Autorizar el manejo y administración confidencial de datos personales.
i) No estar reportado en las listas vinculantes para Colombia.